Modalidades de Vinculación de los Aprendices

Para la Formación Práctica en las Empresas

SENATI regula la “Formación Profesional” de sus Aprendices a través de un modelo pedagógico cuyas actividades de formación se caracterizan por una formación básica o teórica en SENATI y formación práctica en las Empresas. Esta modalidad de aprendizaje se denomina modalidad DUAL.

Esta modalidad de formación profesional DUAL se caracteriza por promover el aprendizaje práctico globalizado de los conocimientos y de las capacidades para el trabajo, alternando actividades formativas en un Centro o Escuela de Formación Profesional de SENATI con actividades de formación práctica en las Unidades Productivas de las Empresas según el Plan Específico de Aprendizaje - PEA.

La formación profesional que imparte el SENATI se rige por sus propias normas legales, tales como la Ley Nº 26272, modificada por la Ley Nº 29672, el Decreto Ley Nº 20151, de fecha 25 de setiembre de 1973 y su Reglamento, el Decreto Supremo Nº 012-74-IT/DS. 

Cabe señalar que, de conformidad con lo dispuesto en la Sétima Disposición Final y Complementaria del Reglamento de la Ley N° 28518, Ley de Modalidades Formativas Laborales, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2005-TR, los programas de Aprendizaje Dual regulados por instituciones creadas por ley (como es el caso de SENATI), se rigen por sus propias normas; en virtud de ello, en ejercicio de la autonomía de la institución, el Consejo Nacional de SENATI, como máximo órgano de política y gobierno, aprueba las normas que rigen la formación profesional impartida en cumplimiento de su finalidad educativa.

SENATI con la finalidad de garantizar el modelo de formación DUAL, pone a disposición de todas las Empresas que deseen contar con Aprendices los siguientes “Formatos de Vinculación del Aprendiz para la formación práctica en las Empresas”, siempre que se sujeten a las obligaciones y responsabilidades contenidas en cada uno de los mismos. 

1.   Contrato de Aprendizaje Dual previsto en el Decreto Ley N° 20151.

2.   Convenio de Colaboración Mutua creado mediante Acuerdo de Consejo Nacional 129-2005.

3.   Aprendices con vínculo laboral en la Empresa aprobado mediante Acuerdo 016-CEAL-2018.

4.  Convenio de Aprendizaje con Predominio en la Empresa según lo previsto en el artículo 11° de la Ley N° 28518 – Ley de Modalidades Formativas Laborales, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2005-TR, siempre que el Plan Específico de Aprendizaje con Predominio en la Empresa sea adaptado según las tareas o actividades contempladas en el Plan Específico de Aprendizaje – PEA de SENATI.

 

  • La aplicación de los precitados formatos, tienen alcance a nivel nacional para todos los Aprendices pertenecientes a todos los Programas de Formación Profesional CFP/UCP/Escuelas, a cargo de las Direcciones Zonales.  Estos formatos no pueden ser modificados, siendo éstos los únicos documentos aceptados por SENATI para la vinculación de los Aprendices con las Empresas. La última actualización de los formatos rige a partir del Semestre 2023-20.

 

¿Tienes dudas o comentarios? Escríbenos o comunícate con la:

 

       Unidad de Gestión del Aprendizaje Práctico en Empresa de SENATI.
       Correo electrónicougape@senati.edu.pe
       Teléfono: (01) 514-9728 – Anexo 15145