EJECUCIÓN DE LA MODALIDAD DE “TRABAJO REMOTO” A NIVEL NACIONAL
Estimados Colaboradores:
Conforme es de vuestro conocimiento, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, se ha declarado el estado de emergencia a nivel nacional hasta el 30 de marzo del año en curso. Como regla general, se limita la asistencia a los centros de trabajo y el tránsito por vía pública. Si bien es cierto, la norma en mención, establece una serie de actividades que están exceptuadas de estas medidas restrictivas, entre ellas no se encuentra las actividades de formación y vinculadas a ella, que imparte SENATI.
Esta medida de excepción emitida por el Gobierno Nacional, tiene como finalidad principal reducir el riesgo de propagación y el impacto sanitario de la enfermedad causada por el Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, reforzar los sistemas de prevención, control, vigilancia y respuesta sanitaria, a fin de preservar la salud de todos los ciudadanos.
Asimismo, se ha emitido el Decreto de Urgencia 026-2020, mediante el cual, entre otras medidas, se ha regulado la figura del “trabajo remoto”; consiguientemente, a partir de la fecha, todas las comunicaciones institucionales donde se haya hecho mención al “Teletrabajo”, deberán entenderse como “trabajo remoto”. Para tal efecto, debemos tener presente las siguientes recomendaciones, respecto de esta modalidad de prestación de labores:
En la Dirección Nacional y la Dirección Zonal Lima Callao, el personal de la Empresa de Seguridad, deberá recepcionar la documentación que pudiere llegar y trasladarlo al Jefe de Seguridad, Sr. Hugo Saldaña. En las demás Direcciones Zonales, se deben hacer las coordinaciones respectivas con las Empresas de Seguridad para garantizar la recepción de documentos.
Es oportuno precisar, que la institución está acogiendo esta modalidad especial de prestación de labores, a fin de salvaguardar el bienestar, salud e integridad de todos nuestros colaboradores.
Lo dispuesto, deja sin efecto el Comunicado anterior remitido al Personal a nivel nacional.
Toda comunicación posterior relacionada a este tema, será comunicada a través de la página web y redes sociales de la institución. Asimismo, Cualquier duda o interrogante, deben hacerla llegar al correo: consultarrhh@senati.edu.pe
Lima, 16 de marzo de 2020.
DIRECCIÓN NACIONAL SENATI