COMUNICADO AL PERSONAL

EJECUCIÓN DE LA MODALIDAD DE “TRABAJO REMOTO” A NIVEL NACIONAL

Estimados Colaboradores:

Conforme es de vuestro conocimiento, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, se ha declarado el estado de emergencia a nivel nacional hasta el 30 de marzo del año en curso. Como regla general, se limita la asistencia a los centros de trabajo y el tránsito por vía pública. Si bien es cierto, la norma en mención, establece una serie de actividades que están exceptuadas de estas medidas restrictivas, entre ellas no se encuentra las actividades de formación y vinculadas a ella, que imparte SENATI.

Esta medida de excepción emitida por el Gobierno Nacional, tiene como finalidad principal reducir el riesgo de propagación y el impacto sanitario de la enfermedad causada por el Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, reforzar los sistemas de prevención, control, vigilancia y respuesta sanitaria, a fin de preservar la salud de todos los ciudadanos.

Asimismo, se ha emitido el Decreto de Urgencia 026-2020, mediante el cual, entre otras medidas, se ha regulado la figura del “trabajo remoto”; consiguientemente, a partir de la fecha, todas las comunicaciones institucionales donde se haya hecho mención al “Teletrabajo”, deberán entenderse como “trabajo remoto”. Para tal efecto, debemos tener presente las siguientes recomendaciones, respecto de esta modalidad de prestación de labores:

  1. El uso de contraseñas es de carácter personal. Tener cuidado con conectarse a redes comunes o inseguras; asimismo, no abrir correos que no sean fiables. Al término de labores, se deben desconectar de las redes que pudieran estar conectados para la ejecución de labores.
  2. El equipo debe contar con Antivirus actualizados. No ingresar a sitios web de dudosa reputación a fin de no exponernos a pérdida de información.
  3. La computadora o laptop cuenta con un conector que termina en 3 puntos. La mayoría de domicilios, los tomacorrientes, solo tiene tomas de 2 entradas, por lo cual se debe usar un adaptador. Instala tu laptop o PC en circuitos eléctricos seguros.
  4. No se debe contar con bebidas cerca del computador, para evitar posibles accidentes o cortos circuitos.
  5. Asegúrate que tu ambiente de trabajo, no exista fuente de ruidos que perturben tu labor. Cuenta con un espacio adecuado para el desarrollo de tus actividades.
  6. Los niveles de iluminación deben ser los adecuados para desarrollar tu labor.
  7. En la medida de lo posible usar de forma permanente una silla con respaldo reclinado y apoyabrazos en los lados. Asegurarse de tener toda la espalda contra el respaldo.
  8. Colocar el monitor o pantalla por debajo de la línea de los ojos; ello asegura mantener una buena posición de hombros y espalda.
  9. No elevar el nivel de brillo del monitor o pantalla, puesto que la exposición al brillo constante del monitor o pantalla puede dañar la visión.
  10. La distancia con la pantalla debe ser como preferentemente la longitud del brazo del usuario.
  11. Los pies deben estar fijos en una superficie, y las piernas no deben cruzarse. Tomar descansos, preferentemente cada una hora, de cinco minutos para cambiar de posición o realizar pausas activas.
  12. El trabajo remoto, se deberá efectuar desde sus domicilios, a efectos de proteger su salud, así como de sus familiares directos.
  13. La información y documentación que se utilice para la prestación de labores, debe ser tratada con la debida protección, reserva y confidencialidad, bajo responsabilidad.
  14. Todos los colaboradores deben estar en disponibilidad permanente durante la jornada de trabajo, para las coordinaciones de carácter laboral que resulten necesarias. Esta medida, permitirá cumplir con la atención de labores encomendadas y dejará constancia de su prestación efectiva.

 

En la Dirección Nacional y la Dirección Zonal Lima Callao, el personal de la Empresa de Seguridad, deberá recepcionar la documentación que pudiere llegar y trasladarlo al Jefe de Seguridad, Sr. Hugo Saldaña. En las demás Direcciones Zonales, se deben hacer las coordinaciones respectivas con las Empresas de Seguridad para garantizar la recepción de documentos.

 

Es oportuno precisar, que la institución está acogiendo esta modalidad especial de prestación de labores, a fin de salvaguardar el bienestar, salud e integridad de todos nuestros colaboradores.

Lo dispuesto, deja sin efecto el Comunicado anterior remitido al Personal a nivel nacional.

Toda comunicación posterior relacionada a este tema, será comunicada a través de la página web y redes sociales de la institución. Asimismo, Cualquier duda o interrogante, deben hacerla llegar al correo: consultarrhh@senati.edu.pe

 

Lima, 16 de marzo de 2020.

DIRECCIÓN NACIONAL SENATI