Tres (03) últimas Boletas de pago de remuneraciones del trabajador.
En caso el trabajador se encuentre en suspensión perfecta de labores y no cuente con la boleta de pago, se podrá presentar una carta, adjuntando el formato de Alta de la SUNAT y/o el TR05 del trabajador, a través de los cuales se acredita la condición de trabajador activo.