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ISO 14001
   
   
 
 
Modalidades de Contratos de Formación o Capacitación con el SENATI
 

Apreciado señor empresario:

Como entidad de formación profesional, es función principal del SENATI desarrollar, en sus estudiantes, los conocimientos y capacidades para el trabajo que les permita desempeñar con eficacia y responsabilidad determinadas ocupaciones laborales. Sin embargo, no es posible desarrollar conocimientos y capacidades para el trabajo con sólo memorizar informaciones teóricas de diferentes disciplinas tecnológicas, científicas y humanísticas, sino mediante la utilización de estas informaciones para la solución de problemas técnico-profesionales de la realidad empresarial o en la ejecución de tareas productivas para ampliar su experiencia práctica; por lo que siempre ofrecemos a nuestros estudiantes, nuestros centros de formación profesional con talleres y laboratorios adecuados para el aprendizaje práctico, el cual a su vez, debe complementarse con la formación práctica en empresas.

Por esta razón buscamos en las empresas oportunidades de aprendizaje práctico para nuestros estudiantes, especialmente para nuestros estudiantes del Programa de Aprendizaje Dual (caracterizado por efectuar la mayor parte del aprendizaje práctico dentro de la empresa, mediante la realización de tareas normales de la empresa), quienes, al mismo tiempo que ganan experiencia laboral, prontamente contribuyen a la producción de la empresa.

Además de permitir la adecuación de la calificación profesional a las características tecnológicas y a la cultura de la empresa, el aprendizaje en una situación real de trabajo permite conocer el potencial de los estudiantes y facilita los procesos de selección de nuevo personal para la empresa.

Con la Ley sobre Modalidades Formativas Laborales y su Reglamento (que regulan el aprendizaje práctico en empresas que no está sujeto a la normatividad laboral), ha quedado establecido que el aprendizaje práctico de los estudiantes del SENATI se rige por las propias normas de la institución; por lo que le estamos remitiendo en forma adjunta la información sobre las formas en que las empresas pueden dar oportunidad de aprendizaje práctico a nuestros estudiantes, especialmente con el “Convenio de Colaboración Mutua SENATI-Empresa” (que no obliga a la empresa al pago de una asignación económica mensual al estudiante) y el “Contrato de Aprendizaje Dual” (que obliga al pago de una asignación económica mensual no menor al 50% de una Remuneración Mínima Vital). Supletoriamente a estas dos formas, las empresas pueden utilizar el “Convenio de Aprendizaje” establecido por la Ley Nº 28518 sobre Modalidades Formativas Laborales y su Reglamento DS Nº 007-2005 TR. (http://www.mintra.gob.pe/modalidades_formativas.php )

De ser necesario, con mucho gusto les remitiremos información adicional.

Atentamente,

EL SENATI


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